San Jos‚ de Balcarce, 27 de mayo de 1983 VISTO: El expediente n£mero 00590-B/83 iniciado por los propietarios de las empresas de transporte de pasajeros de la planta urbana solicitando aumento de tarifas, y CONSIDERANDO: Que el Superior Gobierno de la Provincia mediante Decreto n£mero 705/83 ha acordado un reajuste de hasta el 11,20%; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipalidades y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1§: Autor¡zase a los propietarios de las empresas de trans- ------------ porte de pasajeros de la planta urbana, l¡neas 1, 2 y 3 a poner en vigencia las siguientes tarifas: a) Boleto £nico...............$ 10.500 b) Boleto escolar.............$ 3.000 (sin modificaci¢n) c) Ni¤os de la Escuela Diferenciada n£mero 501 y del Cen- tro Educativo Complementario, sin cargo.------------------------------ ARTICULO 2§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Jefatura de la Divisi¢n Tr nsito, d‚se vista a la Direcci¢n de Transporte de la Provincia, Oficina de Prensa, los interesados y d‚se al Registro Oficial de Decretos.------- DECRETO N§: 181.- -----------------